Darán hasta seis años de cárcel a quien agreda a médicos, enfermeras o personal de salud en Sinaloa

Culiacán, Sin.- Por mayoría, los diputados aprobaron duplicar las penas actuales de tres meses a tres años por agresiones contra el personal de salud durante una emergencia sanitaria.

En los delitos, de Discriminación y Cometidos Contra Servidores Públicos, se aprobaron agravantes para cada uno. En el primer delito cuando la agresión sea contra cualquier integrante de salud mientras que en el segundo delito, cuando la agresión se realice contra personal que pertenezca al Sistema Estatal de Salud y en ambos casos se incrementa la penalidad.

El dictamen que adiciona el párrafo cuarto al artículo 189 y el párrafo segundo al artículo 323 del Código Penal para el Estado de Sinaloa y que fue elaborado por la Comisión de Justicia, que preside la diputada Alma Rosa Garzón Aguilar, fue aprobado con 33 votos.

El artículo 323 del Código Penal establece que al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará prisión de tres meses a tres años, además de la que le corresponda por el delito cometido. Con este dictamen aprobado la adición establece que se aplicará el doble de la pena mencionada, cuando el delito se cometa en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería o cualquier persona que realice actividades de atención médica en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas durante el periodo que comprenda una emergencia sanitaria.

El periodo que comprenda una emergencia sanitaria será la que se establezca en el acuerdo que emitan las autoridades sanitarias correspondientes en que dicha circunstancia así se declare. De no precisarse plazo o fecha, lo será a partir de aquella en que el acuerdo de declaración se emita y hasta la fecha en que se declare su conclusión.

En el artículo 189, del Código Penal, en su capítulo de Discriminación, establece de uno a tres años de prisión y cincuenta a doscientos días para la persona agresora y con la adición que fue aprobada por el Pleno se señala que las penas se aumentarán al doble de las previstas.

Con estas adiciones al Código Penal, permitirá sancionar a quien veje o excluya, provoque o incite al odio o a la violencia contra el personal de salud.

Personal del sector salud de estados como Campeche, Colima, Chiapas, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca y Yucatán, recientemente han modificado sus Códigos Penales a efecto de endurecer las consecuencias jurídicas por los delitos cometidos en contra de ellos durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria.

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