Darían 20 de cárcel y multa de 1.7 mdp por robo de vacunas contra Covid

El grupo parlamentario de Morena presentó la iniciativa para combatir este tipo de incidentes.

CIUDAD DE MÉXICO.- El grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa para castigar hasta con 20 años de prisión a quien se robe vacunas, materiales, dispositivos, productos y/o insumos para la atención de afecciones de salud en pacientes con infecciones en tiempos de emergencia sanitaria relacionadas con epidemias y/o pandemias.

La iniciativa presentada este martes por la diputada de Morena, Socorro Irma Andazola, busca reformar distintos artículos del Código Penal Federal y también establece sanciones económicas de hasta 20 mil días de multa a éstos infractores, que equivalen a un millón 792 mil 400 pesos.

“Al que cometa el delito de robo de vacunas, materiales, dispositivos, productos y/o insumos destinados para la atención de afecciones de salud en pacientes diagnosticados con infecciones en tiempos de emergencias sanitarias relacionadas con epidemias y/o pandemias, se le impondrán de doce a veinte años de prisión y de doce mil a veinte mil días multa”, define la propuesta de modificación al artículo 368 Sexies del Código Penal Federal.

La diputada de Morena describe que si en los actos mencionados en este artículo participa algún servidor público que tenga a su cargo funciones de administración de la salud, prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas, además de las sanciones a que se refiere este artículo, se le aplicará destitución y se le aumentará pena de prisión hasta en una mitad más y se le inhabilitará para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período igual a la pena de prisión impuesta.

En la propuesta de modificación del artículo 368 Septies, se sancionará con pena de ocho a diez años de prisión y hasta diez mil días multa, al que después de la ejecución del robo y sin haber participado en éste, posea, enajene o trafique de cualquier manera, adquiera o reciba, los instrumentos, objetos o productos del robo, tratándose de vacunas, materiales, dispositivos, productos y/o insumos destinados para la atención de afecciones de salud en pacientes diagnosticados con infecciones en tiempos de emergencias sanitarias relacionadas con epidemias y/o pandemias, a sabiendas de esta circunstancia sin importar el valor intrínseco de éstos.

Además, si en los actos mencionados en este artículo, participa algún servidor público que tenga a su cargo funciones de administración de la salud, prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas, además de las sanciones a que se refiere este artículo, se le aplicará destitución y se le aumentará pena de prisión hasta en una mitad más y se le inhabilitará para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período igual a la pena de prisión impuesta.

En este proyecto también se considerará que comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

Deja un comentario