El Pleno del Congreso desestimó sentencia electoral contra titular del Poder Ejecutivo

El Pleno del Congreso de Sinaloa aprobó desestimar sentencia electoral contra el titular del Poder Ejecutivo al determinar que no procede jurídicamente luego de un análisis íntegro de la normativa vigente.
Por acuerdo de la Sexagésima Cuarta Legislatura se ordenó archivar el expediente SUP-REP- 362/2022 y Acumulados de fecha 8 de junio de 2022, así como dar este asunto como concluido.

El dictamen aprobado fue sobre lo mandatado en sentencia electoral que determina que el gobernador cometió la infracción consistente en “promoción personalizada y vulneración del principio de imparcialidad, así como la infracción consistente en difusión de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato”.

Sobre este asunto la Comisión Dictaminadora concluye que no se establece sanción alguna prevista en el marco normativo estatal vigente, en relación a las infracciones atribuidas al actual Gobernador del Estado de Sinaloa.

En materia electoral nos encontramos ante la ausencia de normas sancionadoras específicas al asunto en comento en el momento en que se realizaron los hechos referidos”, se subraya.

De esta manera, el Congreso precisa que no cuenta con potestad sancionadora alguna reconocida en el marco constitucional y legal aplicable al Estado de Sinaloa, para sancionar en los términos solicitados.

Por ello, el Poder legislativo de Sinaloa, precisa, no puede ejecutar acto de autoridad alguno en cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 19 de mayo de 2022 por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, misma que fue confirmada por su Sala Superior de dicho Tribunal Electoral.

El acuerdo enfatiza que el Congreso de Sinaloa está imposibilitado para imponer sanciones no establecidas al caso específico en el momento en que se realizaron las conductas.

Prorrogan a octubre inicio de actividades de Centro de Conciliación Laboral y Juzgados laborales

Por unanimidad, el Congreso de Sinaloa aprobó en sesión extraordinaria reforma a decreto que modifica la Constitución y a decreto de reforma a leyes secundarias para el plazo legal previsto para el 02 de mayo de 2022 hasta el 03 de octubre para que inicien actividades el Centro de Conciliación Laboral y los Juzgados en materia laboral del Poder Judicial del Estado.

Los dos dictámenes correspondientes fueron aprobados en sesión extraordinaria con el voto unánime de las 35 diputadas y diputados asistentes.

En un dictamen se reforma el artículo tercero transitorio del Decreto número 588 de fecha 16 de marzo de 2021 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” Número 046 en fecha 16 de abril de 2021.

Ahí se contemplaba que el Centro de Conciliación Laboral de Sinaloa iniciaría sus actividades a más tardar el 02 de mayo del año 2022, al igual que en otras entidades del país.

Sin embargo, debido a que los calendarios presupuestales y de obra les impedía a Sinaloa y las otras entidades reunir las condiciones materiales y financieras necesarias para la adecuación, equipamiento, habilitación e inicio de funciones de sus nuevas instituciones locales, solicitaron una prórroga.

Esta propuesta fue aprobada en marzo y abril del presente año por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, respectivamente.

Con base en todo lo anterior, el dictamen aprobado establece que:
“El Centro de Conciliación Laboral y los Juzgados en materia laboral del Poder Judicial del Estado iniciarán sus actividades a más tardar el día 03 de octubre del año 2022, en términos de lo que establezca su propia normatividad y posibilidades presupuestales”.

Con la aprobación del otro dictamen se reforma el artículo Tercero Transitorio del Decreto Número 6, por el que se expide la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sinaloa, y que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sinaloa, de la Ley de la Defensoría Pública del Estado de Sinaloa, de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Municipios del Estado de Sinaloa y de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa.

En un artículo transitorio se establece que el Centro de Conciliación Laboral y los Juzgados en materia laboral del Poder Judicial iniciarán actividades a más tardar el día 03 de octubre del año 2022, previa declaratoria del Congreso del Estado.

El Centro de Conciliación Laboral deberá entrar en operaciones en la misma fecha en que lo hagan los Juzgados en materia laboral del Poder Judicial, conforme a las disposiciones previstas en el presente Decreto.
Los dos dictámenes aprobados tomaron en cuenta iniciativas presentadas por la diputada Felicita Pompa Robles y el diputado Serapio Vargas Ramírez, ambos integrantes del grupo parlamentario de Morena.

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