Dan revés a recurso de inconformidad que interpuso Julio Gaxiola; no compete al Tribunal de lo Laboral

Se trata de un asunto interno del sindicato y la planilla que quedó fuera de la competencia electoral para la renovación de la directiva, tendrá que buscar otra instancia, dijo Martín Alfonso López

Guamúchil, Sinaloa (Paher Portal).- No es competencia del Tribunal de lo Laboral resolver sobre el recurso de inconformidad que el fin de semana pasado interpuso ante esa instancia, Julio Gaxiola López, por haber sido excluido del proceso de renovación de la dirigencia del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento (Stasasa), detalló esta mañana Martín Alfonso López Díaz.

El presidente del tribunal aclaró que estos son asuntos internos del sindicato y quien tendría que hacerse cargo, es la Comisión de Honor y Justicia de este, ya que los acuerdos que dejaron a Gaxiola López y su planilla fuera, se tomaron al interior de una asamblea.

cintillo

Antes del mediodía, el presidente del tribunal dio a conocer al excandidato y su planilla, que no es de su competencia declarar la nulidad del proceso electivo que se llevó a efecto el domingo pasado en el que se reeligió Yuriria Zepeda Corrales, para darle a Gaxiola López la oportunidad de corregir el detalle de la paridad de género y de competir.

De momento ellos (los demandantes) harán valer su derecho ante quien corresponda pero no es competencia de uno, porque es problema interno del sindicato, no es problema laboral, este es un caso único que nunca se había visto”.

Al Tribunal de lo Laboral lo que le corresponde es conciliar para emitir un razonamiento lógico y jurídico, detalló-

La Ley de los Trabajadores en el artículo 65 dice: “Corresponde a los tribunales el conocimiento y resolución de los conflictos que se susciten entre los trabajadores y las entidades públicas municipales”, concluyó.

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