Proceso de renovación de directores en la UAS es correcto y válido, hay un criterio erróneo de los diputados, advierte el especialista Gonzalo Armienta

El proceso de renovación de directores que se lleva actualmente en la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) es correcto y válido porque existe una suspensión en contra de la Reforma a la Ley Orgánica de la casa Rosalina, afirmó el doctor Gonzalo Armienta Hernández, Coordinador de Posgrado de la Facultad de Derecho.

El reconocido experto en Derecho Constitucional señaló que hay un criterio erróneo de parte de la diputada Teresa Guerra Ochoa cuando asegura que la elección de directores en la UAS es ilegal porque un amparo contra leyes no puede ser con efectos generales.

La Norma General no puede suspenderse dice la doctora Guerra, no es correcto el criterio, porque aquí no es una norma general es una norma que se aplica solamente a la UAS y esa norma sí se puede suspender y ahorita está suspendida, ¿cuál? Las reformas a la Ley Orgánica de la Universidad y sí procede la suspensión (del amparo)”, expresó Armienta Hernández.

Explicó que actualmente es válido el proceso y los que resulten electos podrán desarrollar sus funciones como directores o directoras, incluso si sigue la suspensión temporal del doctor Jesús Madueña Molina y se lleva a cabo la elección de Rector o Rectora también será válido el proceso; enfatizó que la reforma a la Ley Orgánica de la UAS es inconstitucional.

Porque no siguió los lineamientos que marca la Ley General de Educación que dice que debe ser por los universitarios, en la Universidad y el órgano máximo de la Universidad, que es el Consejo Universitario es el que debe mandar la propuesta, no se hizo así, entonces es una norma inconstitucional”, expresó.

Indicó que la última palabra la va a tener un Juez de Distrito y después va haber una revisión que por la importancia del asunto lo puede resolver un Tribunal Colegiado o la Suprema Corte de Justicia, pero de aquí a que se dé todo ese proceso pueden pasar meses y por lo tanto van a seguir en funciones legalmente los directores que serán designados por el Consejo Universitario.

Agregó que el amparo interpuesto en contra de la Ley General de Educación Superior del Estado de Sinaloa solo protege a la UAS y no a las demás universidades autónomas que hay en la entidad por el principio de relatividad que desde el Siglo pasado establece, dentro de la Ley de amparo, que las sentencias de amparo solamente iban a proteger a las personas que presentaran la demanda de amparo.

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